La solicitud de verificación periódica debe presentarse acompañada del boletín de identificación.
La verificación periódica consiste en la realización de exámenes administrativos y metrológicos que tienen por objeto comprobar y confirmar que un instrumento en servicio mantiene las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial, en lo que se refiere a los errores máximos permitidos, así como que funcione conforme a su diseño y sea conforme a su reglamentación específica.
La reparación o modificación de estos instrumentos solo puede ser realizada por una persona o entidad inscrita en el Registro de Control Metrológico. En caso de realizarse dicha reparación, modificación o si dispone de precintos rotos, deberá superar, una vez reparado y con los precintos reglamentarios, una verificación después de reparación o modificación, previa a su puesta en servicio.
Periodicidad:
- Cada 2 años
Requisitos:
Para poder llevar a cabo la verificación periódica o verificación después de reparación o modificación, el instrumento deberá previamente reunir los siguientes requisitos de puesta en servicio:
- Disponer de aprobación de modelo + verificación primitiva
- Disponer de examen de modelo + evaluación de la conformidad