Los titulares de los sistemas de medida sobre camiones cisterna están obligados a solicitar, antes de que se cumpla un año de la anterior, la verificación periódica de los mismos, quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico.
La verificación periódica consiste en la realización de exámenes administrativos y metrológicos que tienen por objeto comprobar y confirmar que un instrumento en servicio mantiene las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial, en lo que se refiere a los errores máximos permitidos, así como que funcione conforme a su diseño y reglamentación específica.
La solicitud de verificación debe presentarse acompañada del boletín de identificación.
La reparación o modificación de los sistemas de medida sobre camión cisterna sólo puede ser realizada por una persona o entidad inscrita en el Registro de Control Metrológico. En caso de producirse o de disponer de los precintos rotos, deberá superar, una vez reparado y con los precintos reglamentarios, una verificación después de reparación o modificación, previa a su puesta en servicio, que tendrá efectos de verificación periódica respecto al cómputo del plazo para su solicitud.
Periodicidad:
- 1 año
Requisitos:
Para poder llevar a cabo la verificación periódica o verificación después de reparación o modificación, el instrumento deberá previamente reunir los siguientes requisitos de puesta en servicio:
- Disponer de aprobación de modelo + verificación primitiva
- Adaptación a un sistema aprobado, según lo establecido en la disposición transitoria de la Orden ITC/3750/2006
- Disponer de examen UE de tipo + evaluación de la conformidad