La verificación consiste en los exámenes administrativos y metrológicos mediante los que se comprueba que el aparato mantiene las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial, en lo que se refiere a los errores máximos permitidos, así como que funcione conforme a su diseño y reglamentación específica.
La solicitud de verificación de opacímetros debe presentarse acompañada del boletín de identificación.
La reparación o modificación de los opacímetros solo puede ser realizada por una persona o entidad inscrita en el Registro de Control Metrológico.
Si el instrumento sufre una reparación, modificación o dispone de precintos rotos, deberá superar, una vez reparado y con los precintos reglamentarios, una verificación después de reparación o modificación, previa a su puesta en servicio. Dicha verificación tendrá efectos de verificación periódica respecto al cómputo del plazo para su solicitud.
Periodicidad:
- Anual
Requisitos:
Para poder llevar a cabo la verificación periódica o verificación después de reparación o modificación, el instrumento deberá previamente reunir los siguientes requisitos de puesta en servicio:
- Disponer de aprobación de modelo + verificación primitiva
- Disponer de examen de modelo + evaluación de la conformidad