Opacímetros

Los titulares de opacímetros en servicio están obligados a solicitar, antes de que cumpla un año de la anterior, la verificación periódica de los mismos, quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico.

La verificación consiste en los exámenes administrativos y metrológicos mediante los que se comprueba que el aparato mantiene las características metrológicas que le sean de aplicación, en especial, en lo que se refiere a los errores máximos permitidos, así como que funcione conforme a su diseño y reglamentación específica.

La solicitud de verificación de opacímetros debe presentarse acompañada del boletín de identificación.

La reparación o modificación de los opacímetros solo puede ser realizada por una persona o entidad inscrita en el Registro de Control Metrológico.

Si el instrumento sufre una reparación, modificación o dispone de precintos rotos, deberá superar, una vez reparado y con los precintos reglamentarios, una verificación después de reparación o modificación, previa a su puesta en servicio. Dicha verificación tendrá efectos de verificación periódica respecto al cómputo del plazo para su solicitud.


Periodicidad:

  • Anual

Requisitos:

Para poder llevar a cabo la verificación periódica o verificación después de reparación o modificación, el instrumento deberá previamente reunir los siguientes requisitos de puesta en servicio:

  • Disponer de aprobación de modelo + verificación primitiva
  • Disponer de examen de modelo + evaluación de la conformidad
Tabla informativa Metrología Legal - Opacímetros - Ingein

Calcula tu Presupuesto

Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos con los cálculos

Tarifas. Financiación económica

INGEIN, previa solicitud por correo electrónico a: ingein@ingein.es, pone a disposición del cliente o solicitante, información general sobre las tarifas de certificación y su situación financiera.

INGEIN declara que tiene una Política de Tarifas no discriminatoria, pública e informada, con apego a las prácticas legales, normativas y de uso general en el comercio. Sin perjuicio de los contratos o tratos comerciales que pueda concertar como parte de su gestión comercial.